FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO 2014...SEAUDO EN LA LUCHA POR TUS REIVINDICACIONES LABORALES ¡¡¡

lunes, 3 de febrero de 2014

 


                       UNIVERSIDAD DE ORIENTE
                      SUBCOMISIÓN DE ANTICIPO DE PRESTACIONES SOCIALES


CIRCULAR


PARA: GREMIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE
DE: SUBCOMISIÓN TÉCNICA ADELANTO DE PRESTACIONES SOCIALES
ASUNTO: EN EL TEXTO
FECHA: 27-01-2014.


A los fines de optimizar el procedimiento de las Solicitudes de Anticipo de Prestaciones Sociales presentadas por los afiliados a los diferentes Gremios, se les agradece a estos últimos cumplir estrictamente con los siguientes lineamientos:

  1. Llevar un control numerado de las Planilla-2014 recibidas.

  1. Estar pendiente de que la Planilla-2014 se acompañe con la documentación requerida de acuerdo al motivo de la solicitud y de una CORRESPONDENCIA FIRMADA por el solicitante donde indique:

2.1  Nombres y Apellidos
2.2  Explicación de motivo
2.3  Número de Cédula
2.4  Monto solicitado
2.5  Nº de Teléfono o cualquier otra vía para contactarlo(a)
2.6 Correo electrónico

  1. Informar a sus agremiados que de acuerdo a las Normas para la Cancelación de Anticipos de Antigüedad, las solicitudes se recibirán en los Gremios hasta el  31-03-2014. NO SE PROCESARÁN LAS RECIBIDAS EN FECHA POSTERIOR, A MENOS QUE LAS MISMAS SEAN EN BASE A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 12° DE LAS NORMAS VIGENTES.

  1. Revisar que las solicitudes cumplan con todos los requerimientos establecidos.

  1. Enviar las solicitudes recibidas a la Coordinación del Despacho del Vicerrectorado Administrativo, dentro de las siguientes cinco (5) días hábiles, después de finalizado el lapso de recepción. Para ello deberán elaborar un oficio y relacionar en el modelo de planilla adjunta todas las solicitudes recibidas, con sus soportes.




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                      SUBCOMISIÓN DE ANTICIPO DE PRESTACIONES SOCIALES


../..  2da. Pág.  GREMIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE


  1. En los casos de solicitudes por vía de excepción (Art. 12° de la Norma), el agremiado podrá entregar la documentación directamente en el Gremio, y éste deberá AVALAR y remitirla a la brevedad posible a la Coordinación del Despacho del Vicerrectorado Administrativo o bien el solicitante podrá entregar la documentación personalmente en esta última Dependencia, con el AVAL respectivo del Gremio (sello y firma).

  1. LAS SOLICITUDES QUE NO SEAN TRAMITADAS A TRAVÉS DE LOS GREMIOS SERÁN DEVUELTAS A LOS AGREMIADOS, SE EXCEPTÚAN LAS CONTEMPLADAS EN EL NUMERAL ANTERIOR.


  1. SE CONVOCARÁN A LAS REUNIONES DE LA COMISIÓN DE ANTICIPOS DE PRESTACIONES SOCIALES, SOLAMENTE A LOS REPRESENTANTES ANTE LA COMISIÓN DE LOS NÚCLEOS (GREMIOS) QUE HAYAN ENVIADO LOS EXPEDIENTES COMPLETOS.


  1. Publicar en sitio visible el contenido de los Artículos 5°, 7° y 12° de las Normas.


POR LA SUB-COMISIÓN TÉCNICA

 






Prof. AGUSTÍN CAMPOS
Representante
Vicerrectorado Administrativo




NOTA: EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES ANTERIORES EVITARÁ EL DEVOLVER      
             LOS EXPEDIENTES Y HACER NUESTRO TRABAJO MÁS FLUIDO.


Anexo:   Modelo de Planilla-2014.
                 Planilla de Relación.
                Contenido Artículos 5°, y 7°12°



AC/ctr.-







 


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                      SUBCOMISIÓN DE ANTICIPO DE PRESTACIONES SOCIALES



NORMAS PARA LA CANCELACIÓN DEL ANTICIPO DE PRESTACIONES DE ANTIGÜEDAD AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE


Artículo No. 5: El derecho a solicitar el anticipo de las Prestaciones de antigüedad nacerá cuando el trabajador tenga un mínimo de cinco (5) años de permanencia al servicio de la Universidad de Oriente. Quien reciba el beneficio de adelanto de Prestaciones Sociales de Antigüedad, no podrá volver a recibirlo sino después de transcurrido cinco (5) años contados a partir del último adelanto.

PARAGRAFO PRIMERO: La totalidad de adelantos de Prestaciones Sociales que recibirá un trabajador durante su tiempo de servicio en la Universidad de Oriente será de cinco (5), distribuidos de la siguiente forma: tres (3) a través de la comisión de adelanto de Prestaciones Sociales y dos (2) por vía excepción según el artículo 12° de estas Normas.
PARAGRAFO SEGUNDO: En los casos de Adquisición de Vivienda y gastos médicos, Literales a, b y c, Artículo 3 de este Reglamento, que esté inserta en planes promovidos y financiados por los Institutos de Previsión Social de la Universidad de Oriente, se exceptúan del tiempo de espera enunciado en el Artículo 5°, pudiendo hacerse adelantos de prestaciones durante doce (12) años consecutivos.


Artículo No. 7: Las solicitudes de adelanto de prestaciones sociales realizadas por los trabajadores, serán recibidas por sus correspondientes directivas gremiales y/o de sindicatos, en los respectivos núcleos durante el lapso comprendido entre el 1° de enero y el 31 de marzo de cada año. Dichas directivas gremiales consignarán en la Coordinación del Despacho del Vicerrectorado Administrativo, todas las solicitudes recibidas con sus respectivos soportes dentro de las siguientes cinco (5) días hábiles, después de finalizado el lapso de recepción antes indicado.


Artículo No. 12: “Excepcionalmente el gremio respectivo podrá tramitar el adelanto de Prestaciones Sociales por Antigüedad, cuando circunstancias especiales (tales como la atención de una enfermedad grave, solución de medidas judiciales, cancelación de hipotecas y similares) lo ameriten. …………..”.





PARA SER COLOCADO EN SITIO VISIBLE EN LAS SEDES GREMIALES


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